Cuidado con los cítricos de Sudáfrica

La Asociación Valenciana de Consumidores y Usuarios (Avacu) y la Unió de Llauradors han dado a conocer un estudio sobre la importación de cítricos de Sudáfrica que determina que se han hallado en ellos más de 50 materias activas de productos fitosanitarios prohibidas en la Unión Europea.

Entre las que se han encontrado figura el ‘paraquat’, un herbicida que con las dosis adecuadas afecta al tracto gastrointestinal, riñón, corazón y otros órganos. También han descubierto ‘metil azinfos’, prohibido por la Agencia de Protección Ambiental desde 2004 y por la UE desde 2006, un insecticida “altamente tóxico” para los anfibios, peces, mamíferos, crustáceos y moluscos.

El uso de estos productos permite a los agricultores africanos, sin apenas controles de calidad, producir cítricos con menores costes de cultivo que a los agricultores europeos. Lo que supone “un claro agravio comparativo y discriminación para los agricultores valencianos, un perjuicio para los consumidores” y, al mismo tiempo, “un alto riesgo” para las personas encargadas de su aplicación y para el medio ambiente.

Fernando Moner (Presidente de AVACU), ha señalado que los resultados le ponen “en alerta” y le genera “muchísima preocupación por la propia seguridad alimentaria”. “Son productos alimenticios que ingerimos diariamente y que llevan una serie de componentes que si en Europa y en España están prohibidos, será por algo. No entendemos cómo se permite la entrada a productos que han sido tratados con esos componentes y que llevan parte de esos residuos en los mismos”.

La Unió de Llauradors trasladará el estudio a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), responsable de la revisión de sustancias activas utilizadas en productos fitosanitarios y de la evaluación del riesgo de los niveles máximos de residuos (LMR) de plaguicidas permitidos en productos de origen vegetal o animal comercializados en la UE. También presentarán los resultados a la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN).

Tras el descubrimiento, exigen la “suspensión” del acuerdo “hasta que se restrinja el uso” de este tipo de productos sin los controles de calidad necesarios.